De matrimonio, bigamia, monogamia, relaciones interpersonales …

historiahoy.com(M.A.Hernandez)/concepto.de — El matrimonio o unión conyugal es una institución social fundamental, que involucra a dos personas físicas y naturales. Es la forma de oficializar un vínculo de pareja y someterlo a las normativas legales, sociales, morales e incluso religiosas dictaminadas por la sociedad.
El matrimonio es al mismo tiempo una figura legal, una ceremonia social y religiosa, y una entidad cultural tradicional. Es decir que por matrimonio podemos entender distintos tipos de conceptos sociales, culturales y legales, dependiendo de la tradición específica de una sociedad y su imaginario.
Así, el matrimonio es comúnmente regulado por la ley (sobre todo para prohibir las uniones que culturalmente se consideran inadecuadas, como las incestuosas), pero tiene una existencia milenaria, con presencia en sociedades que comprendían la justicia y el Estado de un modo muy distinto al contemporáneo.
De hecho, la palabra matrimonio proviene del latín matrimonium, derivada de la unión de los vocablos mater (“madre”) y monia, un término que se usaba para referirse a situaciones ceremoniales o legales, como en patrimonium (“patrimonio”, o sea, la herencia que el padre deja al morir).
Este término se empleaba en la Antigua Roma para referirse al derecho de una mujer de ser la madre legítima y reconocible de los hijos de un varón, lo cual le confería el estado de casada (no disponible) y el derecho a heredar los bienes que dejara su marido al fallecer.
Además, suele considerarse que el matrimonio es la base de la sociedad. Esto se basa en la idea de que cualquier sociedad humana tiene como fin la perpetuación de la especie y la protección de las generaciones venideras. Para lograrlo se propone la unión matrimonial.
En suma, el matrimonio es la unión exclusiva de dos individuos que desean compartir todos sus bienes y derechos. En principio se trata de hombre y mujer, dado que se le atribuye al matrimonio el fin de la reproducción humana, pero este sentido ha cambiado en tiempos modernos.
Dependiendo del momento histórico, las órbitas de las tres grandes religiones del mundo—Cristianismo, Judaísmo e Islam—han acomodado una de las dos versiones para fundamentar la obediencia debida de la mujer al varón dentro del matrimonio (argumentando que Dios lo quiso así) o han ensalzado la igualdad de los dos miembros de la pareja por igual.

La idea de matrimonio legal fue concebida, en primer lugar, por los antiguos egipcios. Ellos ya habían establecido la prohibición del incesto (aunque los faraones no siempre la respetaban) y hasta admitían la posibilidad del divorcio.
A diferencia de otras civilizaciones antiguas, entre los egipcios se consideraba que una pareja debía conocerse un tiempo antes de casarse y, al decidirlo, se firmaba un acuerdo en el cual se establecían los derechos y obligaciones de los esposos.
Los egipcios consideraban a los dos miembros de la pareja igualmente relevantes, lo que tiene mucho parecido con las uniones de pareja actuales. La mayor parte de las sociedades de Oriente Medio, en cambio, no consideraban a la mujer como un adulto jurídicamente hablando, sino que eran dependientes de sus padres y luego de sus esposos.
Posteriormente, los griegos también sostendrían una versión no igualitaria entre los dos sexos, considerando la obligación de la mujer de obedecer y servir a su marido.
En la mayoría de las civilizaciones antiguas, el matrimonio era simplemente un contrato privado entre el padre o tutor de la mujer y un varón. Éste podía rechazar y dar por finalizado el contrato cuando se le antojase y de forma unilateral; las mujeres no tenían ni voz ni voto.
Dependiendo de la cultura y la religión, el matrimonio podía ser monogámico (una sola mujer y un solo hombre) o poligámico (varias mujeres para un solo hombre), como en la tradición oriental. Luego fue asimilado por la naciente cultura cristiana, en la cual el matrimonio se convirtió en un vínculo sagrado celebrado ante Dios y conforme a ciertos ritos provenientes del Antiguo Testamento, es decir, de la religión judía.

La Biblia ofrece la versión clásica que conocemos: “Dios creó al hombre a su imagen, hombre y mujer los creó. Dios los bendijo y les dijo: ‘Sean fecundos y prolíficos, llenen la tierra y domínenla…’ «.
En el judaísmo, el matrimonio como unión estable de pareja existe desde los tiempos de la Torah. Sin embargo, en un principio tenía formas diversas, aceptándose incluso la poligamia, común entre reyes y patriarcas (por ejemplo, Jacob estaba casado con dos hermanas, Leah y Rajel, y Abraham convivía con Sara y Agar).
Pero en el Nuevo Testamento, Jesús rechaza la poligamia y repudia el divorcio; en Marcos 10, 11-12, dice: “El que se divorcia de su esposa y se casa con otra, comete adulterio contra la primera; y si la mujer deja a su esposo y se casa con otro, también comete adulterio”.
La ceremonia de casamiento judía se celebraba en dos etapas. La primera parte, el erusin, consistía en el momento en el cual el novio consagraba, con un anillo, a su esposa. Sin embargo, a pesar de estar casados legalmente, luego de esto la pareja vivía un año más en la casa de sus padres.
Luego se celebraba el nissuin, se firmaba la ketuvá (acta matrimonial) y la pareja ahora sí habitaba su nuevo hogar.
Con el tiempo, el matrimonio fue tomando diferentes connotaciones según se tratara de las clases nobles o las plebeyas. En las primeras, el matrimonio celebraba y formalizaba la unión de sus reyes y nobles, lo que se traducía a menudo en cambios de dinastía, uniones estratégicas o cambios en la sucesión del poder político, según fuera el caso.

Los plebeyos, en cambio, no celebraban ningún matrimonio, ya que el mismo no era necesario para tener relaciones sexuales o para concebir hijos.
En todo caso, quienes desearan afirmar una relación formalmente podían hacerlo según ceremonias muy simples.
En las eras antiguas era frecuente que las uniones involucraran el intercambio económico: quien recibía una esposa también recibía el control de una dote perteneciente a la mujer, que podía estar compuesta por animales, propiedades o un terreno para iniciar una familia productiva y sostenerla.
Pero el matrimonio tal y como lo entendemos hoy en Occidente nació en la Antigua Roma.
La palabra matrimonio proviene del latín “matrimonium”, que deriva de la unión de los vocablos “mater” (madre) y “monia”, un término que se usaba para referirse a situaciones ceremoniales o legales.
El término “matrimonio” se empleaba en la antigua Roma para referirse al derecho de una mujer a ser reconocida como la madre legítima de los hijos de un varón, lo cual le confería el estado de “casada” (es decir, no disponible) y el derecho a heredar los bienes que dejara su marido al fallece: el patrimonio, que proviene de “patrimonium”, y tiene una estructura similar: “pater” (padre) y “monia” (o sea, la herencia y cuestiones legales que el padre deja al morir).
Los romanos tenían varias costumbres diferentes en el arte de acercarse a las mujeres. Hacían fiestas improvisadas de “encuentro” con mujeres, en las que se invitaba a vecinos, conocidos, no tan conocidos y a sus hijas, y luego de conocerlas… se las llevaban.
Esta especie de «rapto consentido» fue después practicado en otras culturas muy diferentes, como por ejemplo la gitana. Otra opción matrimonial era el “coemptio” (compra recíproca), en la que ambos miembros de la pareja simulan “comprarse” mutuamente con regalos.
Esta costumbre era usada por las clases bajas, que no tenían muchas posesiones sino que lo único que tenían era el uno al otro. En este caso, se casaban por amor y no por imposición paterna.

Paquio Próculo y su esposa. Acuarela de Pompeya del siglo I. Actualmente se exhibe en el Museo de Capodimonte, Nápoles.
Otra forma era la “confrarreatio”, que se daba entre las familias ricas. Es la primera forma de unión de derecho privado y, ya en tiempos en los que el Imperio Romano había adoptado la religión cristiana, también tenía carácter religioso, ya que era avalada y santificada por las autoridades eclesiásticas.
Esto sería el equivalente al matrimonio civil y religioso de hoy en día. En este caso los arreglos entre los miembros de la pareja recaían en los padres, que veían conveniente unir a sus hijos (se amaran o no), quienes debían obedecer los mandatos paternos.
Cuando se derrumba el Imperio Romano, la Iglesia Católica Medieval toma las riendas de la ética y moral en Occidente.
El matrimonio pasa a ser concebido como una unión de iguales ante Dios, se impone la monogamia formal (aunque las mancebas, amantes, cortesanas, etc, no dejaron de estar a la orden del día) y se prohíbe la consanguineidad, aunque las familias reales seguían practicándola. La Iglesia declara al matrimonio como indisoluble: el clásico “que el hombre no separe lo que Dios ha unido”.
El divorcio queda prohibido, a tal punto que Enrique VIII tuvo que separarse de la religión católica y crear una nueva para poder hacer su voluntad y volver a casarse, lo que terminó haciendo seis veces.
Gracias a la separación de Estado y religión ocurrida en Occidente desde finales del Medioevo, el matrimonio se fue convirtiendo más en una figura legal que en un nexo religioso indisoluble. Así surgió el matrimonio civil, que permitía casarse a personas de religiones distintas o impedidas por ley eclesiástica.
También fue posible el divorcio, que permitía la interrupción del matrimonio, aunque la Iglesia tardó en reconocerlo, pues sus votos matrimoniales son “hasta que la muerte los separe”.
![]()
Gregorio Vásquez, Desposorios de José y la Virgen. Óleo sobre tela, ca. 1680, Nueva Granada. Colección Museo Colonial, Bogotá
Características del matrimonio
El matrimonio, tal y como lo entendemos hoy en Occidente, se caracteriza por:
- Ser un vínculo legal voluntario y duradero. Las personas se pueden casar únicamente por su propia voluntad, y deben hacerlo mediante una serie de ritos y ceremonias legales (y religiosas, si así lo desea) que atestiguan la validez y legitimidad del hecho.
- Puede ser civil y/o religioso. Todo depende de las creencias de los cónyuges, aunque el único valedero ante el Estado es el civil, y el único valedero ante la Iglesia es el religioso.
- Ser monógamo. Involucra a dos personas únicamente, quienes se comprometen a tener un vínculo amoroso y sexual exclusivo (fidelidad).
- Es tradicional y convencional. Se rige por las convenciones y tradiciones sociales, morales y religiosas de la comunidad y la nación, por lo que puede tener marcadas diferencias de una región del mundo a otra.
- Crear una comunidad de bienes. Llamada “comunidad conyugal”, implica que todas las propiedades y capitales obtenidas desde el inicio del matrimonio son de ambos cónyuges por igual, lo que implica un reparto común y la necesidad de arreglos en caso de divorcio.
![]()
Tipos de matrimonio
Existen los siguientes tipos de matrimonio:
- Matrimonio religioso. Involucra un conjunto de ritos y ceremonias con un fuerte componente simbólico, determinados por el tipo de religión de la cual se trate: judía, católica, islámica, etc. Generalmente exige que ambos cónyuges practiquen la misma fe y suele ser mucho más rígida con sus mandatos y exigencias.
- Matrimonio civil. Se trata de la contrapartida legal, laica y jurídica del matrimonio religioso, la cual se rige por las leyes del Estado y no por los mandatos de la religión o la moral. Por ende, es mucho más permisivo en ciertas ocasiones y es el único valedero ante la justicia.
- Matrimonio igualitario u homosexual. Se trata de la unión entre dos personas del mismo sexo, bajo los mismos términos del matrimonio civil heterosexual. En algunas latitudes es más aceptado que en otras, y en algunas lo es bajo un nombre distinto al de “matrimonio”, como “unión civil”.
- Matrimonio por conveniencia. Se llama así a los matrimonios que, en principio, no nacen del amor sino del interés, o sea, de un intercambio como cualquier otro. El matrimonio por interés no es bien visto socialmente, a pesar de que en la antigüedad todas las formas de matrimonio eran, en principio, por interés: un príncipe y una princesa solían casarse para unificar sus reinos, no porque se amaran, por ejemplo.
Importancia del matrimonio
El matrimonio es una figura central en la constitución de las sociedades. De forma más o menos explícito, todas las sociedades tienen como principio fundamental la reproducción de la especie y la conformación de nuevas familias. Por eso, el vínculo matrimonial desde un principio se ha visto protegido legalmente y amparado por costumbres sociales, morales y culturales.
Justamente por esa razón, la introducción de nuevas formas de matrimonio son siempre polémicas: se trata de un pequeño pero significativo cambio en la idea matriz de la sociedad.
Para algunos implica hacerla más amplia, democrática y abarcadora de los estilos de vida que ya existen, mientras que para otros significa la pérdida o alteración de valores antiguos creados en una sociedad muy anterior y muy distinta a la contemporánea.

Divorcio
El divorcio es el acto legal de interrupción del matrimonio, es decir, la separación legal que disuelve la comunidad conyugal (la comunidad de bienes creada por el matrimonio).
Se realiza conforme a términos acordados jurídicamente, dependiendo del grado de entendimiento de los cónyuges que están por separarse. En algunos casos, uno de los dos debe demandar al otro para exigir el fin del matrimonio, y se establece un juicio.
El divorcio, si bien aceptado por algunas iglesias, no es afín a la religión. En muchos casos los individuos divorciados no pueden volver a casarse por la iglesia, hasta que se produzca la muerte de su ex pareja, pues a los ojos de la religión, sigue casado con ella.

Concubinato
El concubinato es un tipo de unión marital distinto del matrimonio, pero que brinda a quienes lo integran muchos de los derechos consagrados en la ley para la protección de los núcleos familiares. Así como los cónyuges son quienes integran un matrimonio, el concubinato está conformado por dos concubinos.
Desde tiempos antiguos existen reglas más o menos estrictas que regulan el matrimonio, ya sean de tipo religioso, cultural, social o jurídico. En consecuencia, el concubinato surge como una alternativa para quienes no pueden o no desean casarse, pero lleven una vida conjunta en cohabitación y desean formalizar legalmente su unión ante la Ley.
Este tipo de unión es libre, voluntaria y responde a los derechos y deberes que el ordenamiento jurídico local le consagre. Por ejemplo, en algunos países es legal el concubinato entre personas del mismo sexo, mientras que en otros no.
El concubinato ha sido una figura usual en la historia. De hecho, muchos monarcas y líderes tenían tanto una esposa como una o varias concubinas, dependiendo de la tradición cultural, religiosa y legal de su nación. En tiempos modernos, en cambio, se ha convertido en una figura legal accesible a cualquiera.
Concubinato en la Antigua Roma
La palabra concubinato viene del latín concubinus, que era el término en la Antigua Roma para aquellos jóvenes varones escogidos como amantes por su amo, aunque también era posible que se tratase de una concubina, o sea, una mujer.
En principio, las concubinas no eran demasiado distintas de las esposas, excepto en su denominación y en la “dignidad” de su unión, ya que usualmente se trataba de jóvenes plebeyas o de un estatus social que les impedía acceder al matrimonio.
Por otro lado, no disfrutaban de las ventajas materiales de su relación, y sus hijos no eran legítimos descendientes del noble que los engendrara, sino que eran “hijos naturales”, que podían aspirar a lo sumo a heredar la sexta parte de los bienes del padre. Aun así, la ley romana impedía tener varias concubinas a la vez, al igual que varias esposas.

Características del concubinato
Cualquier concubinato se caracteriza por ser:
- Voluntario. Nadie puede obligar a nadie a formalizar un concubinato, al igual que no pueden obligar a nadie a casarse en contra de su voluntad. Se trata de un vínculo deseado.
- Singular. Los dos sujetos que forman un concubinato pueden hacerlo con exclusividad, o sea, solamente si es el único concubinato que tienen, al igual que el matrimonio. No pueden tenerse varios concubinos o concubinas a la vez.
- Permanente. Los concubinatos son uniones duraderas y estables, no pasajeras y efímeras. No puede formalizarse una relación que ya no existe, obviamente.
- Notorio. El concubinato no es una unión secreta, ni es una figura para esconder el adulterio, sino que es un vínculo notorio, o sea, formal, evidente, de cara al resto de la sociedad.
- Requiere de cohabitación. Los concubinos deben vivir juntos, con todo lo que ello implica. No son concubinos quienes no comparten un hogar.
El resto de las características o requerimientos varían según la legislación que rija el caso, dependiendo del país y de su ordenamiento legal.
Efectos del concubinato
Los efectos del concubinato están determinados por ley, así que dependen en primer término del orden jurídico aplicable. Aun así, suelen ser bastante parecidos a los del matrimonio, brindando ciertos derechos conyugales a los concubinos, aunque no posea generalmente el mismo tipo de reconocimiento pleno del matrimonio para determinados asuntos legales.
En líneas generales, los concubinos gozan de:
- Formalización del vínculo. Los concubinatos son uniones jurídicas reales, que permiten a los concubinos compartir pólizas de seguro médico, y que protegen en caso de separación a ambas partes en el reparto de las propiedades obtenidas mediante esfuerzo mutuo.
- Permite la filiación. Los hijos de concubinos están amparados por la misma ley de paternidad que los hijos de matrimonios, pudiendo de igual forma heredar bienes y recibir el apellido paterno, con plena vigencia de derechos filiales, como la pensión alimenticia por parte del otro progenitor en caso de que el concubinato se rompa.
- Regulación familiar. A la familia producto de un concubinato se le considera legalmente igual a la familia de un matrimonio, y gozan de los mismos derechos y deberes de cara al núcleo familiar.
Preguntas frecuentes sobre el concubinato

Algunas de las preguntas más frecuentemente hechas en torno al concubinato son:
- ¿Cuánto tiempo requiere de una unión para ser un concubinato?
Depende de la legislación, pero usualmente se establece un límite de dos años de convivencia plena, notoria y singular, para dar inicio a una relación de concubinato.
- ¿Puede romperse el concubinato?
Desde luego, a voluntad de las partes (o de una sola de ellas). En ese sentido el concubinato es un vínculo más libre que el matrimonio, ya que no requiere de un divorcio.
- ¿Qué pasa si un concubinato se rompe?
Al igual que en otros tipos de unión, el concubino menos favorecido económicamente puede negociar con el otro, por intermediación jurídica, un reparto equitativo de los bienes, una pensión temporal de ayuda económica (especialmente si tiene hijos), un régimen de visitas para los hijos y otros derechos semejantes. Todo ello deberá ser sustentado por la ley.
- ¿Cómo puedo formalizar un concubinato?
La ley de cada país contempla (o no) la posibilidad de formalizar un concubinato y los términos del mismo, así como los deberes, derechos y beneficios específicos de los que cada concubino disfrutará.
Familia ensamblada

Se conoce como familia ensamblada, familia mixta o familia reconstruida a un núcleo familiar en el cual uno o ambos progenitores tienen descendientes fruto de una unión anterior. Es decir, se trata de una familia formada por uno o dos padres divorciados, viudos o padres o madres solteras.
El origen de este término se remonta a la Argentina en 1987, cuando se promulgó la ley de divorcio, reconociendo oficialmente esta figura en dicho país, donde ya era un grupo demográfico importante. Y aunque se asume que también lo sean en el resto del mundo occidental, las cifras respecto a las familias ensambladas son muy diversas.
Ello se debe a que dependiendo de la legislación, puede no considerarse como tales a las segundas uniones no legalizadas, muy frecuentes en América Latina, o a las madres y padres solteros que luego contraen matrimonio por primera vez.
Sin embargo, tanto en Europa como en EEUU las tasas de divorcio son significativas (30% y 50% respectivamente), pero de los divorciados un altísimo porcentaje (75%) decide volverlo a intentar con una nueva pareja.
Se ha defendido el uso de estos términos en español para combatir la connotación peyorativa que el sufijo –astro le da a un padrastro o una madrastra, figuras que en el imaginario de la fábula infantil están además vinculados con la maldad o el egoísmo. Dicha connotación no existe en el término inglés: step- (como el stepfather o stepmother).
Familia monoparental

Cuando se habla de una familia monoparental, se refiere a que está guiada por un sólo progenitor, ya sea padre o madre.
Es el caso de los viudos y viudas, los padres y madres solteros, y los padres o madres divorciados que no vuelven a construir una pareja fija.
Este término se emplea únicamente cuando hay hijos a los que cuidar, y al contrario de lo que a menudo se piensa, estos hogares no están incompletos, ni son por ello disfuncionales, sino que simplemente el padre o madre ocupa en solitario el rol tutelar.
A lo sumo, y dependiendo del caso, pueden enfrentar mayores dificultades económicas que un hogar en el que ambos padres aporten dinero al hogar, lo cual no es siempre el caso de los hogares en los que haya dos progenitores.
Familia homoparental
La familia homoparental es aquella cuyos progenitores son una pareja del mismo sexo, o sea, una pareja homosexual, y poseen hijos provenientes de relaciones anteriores o adquiridos mediante adopción, maternidad subrogada o inseminación artificial (en el caso de las parejas de mujeres).
El reconocimiento legal de este tipo de familias ha sido posible únicamente en aquellos países que reconocen la unión legal homosexual (en algunos casos referido como el matrimonio igualitario o el matrimonio gay) y les permiten el acceso a la adopción.
Este tema puede ser polémico, dado que existen numerosas posturas religiosas y morales en contra; pero es una tendencia general, al menos en occidente, la normalización de la homosexualidad y de las relaciones homosexuales, brindando así a los cónyuges el justo amparo de la ley y de los beneficios de la vida oficialmente en pareja.
Actualmente el matrimonio igualitario es reconocido en 25 países: Alemania, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos (en algunos estados), Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica, Suecia y Uruguay.

Poligamia
Se conoce como poligamia a un tipo de matrimonio en el que una persona puede desposar a varias otras al mismo tiempo. Esto aplica para matrimonios de un solo hombre y varias mujeres (poliginia) o una sola mujer y varios hombres (poliandria). Su nombre proviene del griego polís (“muchos”) y gámos (“matrimonio”).
La poligamia no es aceptada, y de hecho es sancionada, por las doctrinas occidentales del derecho, que consideran la monogamia (justamente lo contrario) como única opción matrimonial y familiar viable. Sin embargo, es ejercida en muchas otras culturas, especialmente en Asia y el Medio Oriente.
Por otro lado, el número de sociedades polígamas documentado en el mundo es bastante pequeño, dado que no todas las familias polígamas provienen de un matrimonio polígamo.
No debe confundirse la poligamia con otras formas de vínculo amoroso o erótico, como pueden ser la promiscuidad, la infidelidad o las relaciones sexuales informales (orgías, relaciones casuales, amoríos, prostitución, etc.). De hecho, la poligamia suele estar muy vinculada a ciertas vertientes religiosas (en especial sectores del judaísmo tradicionalista y el islam).
Quizá el término contemporáneo que más se le aproxime en Occidente sea el llamado poliamor, pero ese tipo de relaciones no goza de ninguna forma de reconocimiento formal, ni legal.
Países donde se acepta la poligamia

La poligamia es aceptada formalmente en algunos países islámicos, especialmente aquellos más tradicionales, siempre centrado en torno a la poliginia.
En naciones como Arabia Saudita o Emiratos Árabes Unidos, por ejemplo, se la practica entre las clases más altas, ya que el hombre que tiene varias esposas debe proveer para cada una un hogar, aunque ellas ni siquiera tengan trato entre sí. En cambio, otras naciones musulmanas más seculares, como Túnez, Líbano, Malasia y Turquía, prohíben expresamente este tipo de unión.
La tradición hinduista ni condena ni fomenta la poligamia, y en naciones hinduistas como Bután está formalmente permitida. Sin embargo, la India es un caso particular: la poligamia está prohibida para todos menos para los musulmanes, ya que las tensiones étnico-religiosas han permitido desde 2004 una legislación dual, dependiendo de a qué religión uno pertenezca.
Por último, algunos de los Estados Unidos de América permiten la poligamia en su legislación, aunque no sea bien vista socialmente. También Sudáfrica permite este tipo de uniones si se elige en el momento del matrimonio.
En Paraguay fue legal durante los tiempos posteriores a la guerra de 1865, en que la nación se enfrentó a Brasil, Argentina y Uruguay, y tras perder el 90% de su población masculina, se vio en la necesidad de flexibilizar estas consideraciones bajo una política de “amor libre”.
Los mormones y la poligamia

La iglesia mormona permitió la poligamia hasta principios del siglo XX.
La poligamia ha formado parte del modelo de vida de un grupo religioso conocido como los mormones desde que su fundador Joseph Smith afirmó en 1831 que ciertos hombres de su colectividad debían practicar el matrimonio múltiple. Smith explicó que esta información se le había comunicado en una revelación divina.
Esta revelación consiguió publicarse en el Doctrina y convenios de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días. Así comenzó una larga historia de disputas entre el Estado y los integrantes de este grupo en torno al tema.
Sin embargo, el endurecimiento de las leyes sobre la bigamia en algunos de los Estados Unidos obligó a los mormones a emigrar a Canadá y a México, donde podían continuar con este tipo de matrimonios.
Sin embargo, a principios del siglo XX la iglesia mormona comenzó a excomulgar a los fieles que lo practicaran. Por otro lado, según el diario Salt Lake Tribune de 2005, aún había al menos 18.500 mormones viviendo en hogares polígamos.
¿Qué es la monogamia?

La monogamia es justamente lo opuesto a la poligamia, es decir, un matrimonio monógamo únicamente puede estar conformado por dos individuos (tradicionalmente de sexos opuestos) en una relación estable, única y mutuamente exclusiva.
Este es el principio vigente en las religiones occidentales como el catolicismo o el protestantismo y es, por ende, la única forma de unión conyugal posible y reconocida por el Estado. La bigamia, de hecho, constituye un delito punible por ley en la mayoría de los países.
Relaciones interpersonales
Cuando hablamos de relaciones interpersonales, nos referimos al modo de vincularse que existe entre dos o más personas, basándose en emociones, sentimientos, intereses, actividades sociales, etc.
Este tipo de relaciones son la base de la vida en sociedad y se dan de distinto modo en numerosos contextos cotidianos, como la familia, los amigos, el entorno laboral, clubes deportivos, matrimonios, y muchas más, siempre y cuando existe en ellos la posibilidad de que dos o más personas se comuniquen de manera sostenida.
Además, forman parte de la vida humana a niveles tan profundos que pueden estar incluso reguladas por la ley, por convención o por la costumbre. Así se crea un entramado complejo de vínculos y grupos sociales que constituyen la sociedad por completo. De hecho, el manejo de las relaciones interpersonales es un hito fundamental en el crecimiento del individuo.

Tipos de relaciones interpersonales
Las relaciones interpersonales pueden ser muy diversas y complejas, y algunas puede que incluso no tengan un nombre. Pero a grandes rasgos solemos reconocer más o menos las siguientes:
- Relaciones íntimas o afectivas. Aquellas que persiguen una conexión profunda con otros individuos, y que básicamente comprenden los distintos grados del afecto. Se trata de vínculos de enorme confianza y que buscan perdurar en el tiempo, asociados a sensaciones placenteras y de protección, solidaridad y pertenencia. Tal es el caso del amor y la amistad, por ejemplo.
- Relaciones superficiales. Aquellas que se manejan en una capa inicial del conocimiento de los individuos, o sea, en las etapas formales y no muy profundas, ya sean placenteras o no. Se trata de vínculos pasajeros, no demasiado importantes ni centrales en la vida emocional del individuo (a diferencia de los íntimos). Es el tipo de relaciones que forjamos con desconocidos, con personas que sabemos efímeras o con el compañero de asiento de un avión, a quien nunca volveremos a ver.
- Relaciones circunstanciales. Aquellas relaciones que ahondan en el espectro intermedio entre lo íntimo y lo superficial, ya que involucran a personas con las que compartimos a menudo, pero por las cuales no sentimos un apego demasiado profundo. Este tipo de vínculos puede siempre trascender y hacerse profundos, o mermar hasta hacerse superficiales. Es lo que ocurre con nuestros compañeros de trabajo, por ejemplo.
- Relaciones de rivalidad. Aquellas que parten, justamente, de la enemistad, de la competencia o de emociones más profundas, como el odio. Se trata de vínculos en general negativos, que movilizan nuestras emociones en mayor o en menor medida, pero que no valoramos como con nuestras relaciones íntimas, aunque siempre pueden cambiar de categoría, dependiendo de las circunstancias. En esta categoría están nuestros rivales y enemigos.
- Relaciones familiares. En esta categoría se encuentran las personas junto a las cuales nacimos y con las que nos vincula un árbol familiar o genealógico, es decir, con las que compartimos un vínculo consanguíneo. En muchas de ellas hay también cierto principio de autoridad, y por ellas podemos llegar a sentir amor o antipatía. Además, en general podrían ser más o menos profundas o superficiales, pero a diferencia de las demás, suelen persistir enormemente en el tiempo. Obviamente en esta categoría el ejemplo ideal son nuestros padres.
Importancia de las relaciones interpersonales
El manejo de las relaciones interpersonales son la base de la personalidad humana y un factor ineludible en nuestra forma de vivir. Esto significa que son centrales en nuestro recorrido y que pueden ser fuente de enormes satisfacciones, o de mucho sufrimiento, dependiendo de las elecciones que hagamos y del tipo de vínculos que establezcamos con los demás.
Relaciones más armónicas con los otros suelen generar individuos socialmente más saludables, más flexibles y tolerantes, o al menos con más herramientas para integrarse al colectivo y manejarse más exitosamente ante los demás.
Características de las relaciones interpersonales
En general, las relaciones interpersonales:
- Pueden ser profundas o superficiales.
- Pueden ser amenas o conflictivas.
- Pueden darse mejor con un individuo por separado o con un grupo entero.
Las características dependen de los individuos involucrados y de sus destrezas sociales, muchas de las cuales se determinan a lo largo de etapas clave de la infancia y juventud. En ese sentido, pueden estar influenciadas por traumas o por situaciones críticas. A menudo son un claro síntoma de nuestra vida interior o vida emocional.

Ejemplos de relaciones interpersonales
No es difícil dar ejemplos de relaciones interpersonales: el amor, en su enorme y variada gama de vínculos, desde los filiales hasta los eróticos, es un tipo común de relación interpersonal.
También son buenos ejemplos la amistad y el compañerismo, o las relaciones laborales y sus leyes jerárquicas. Allí donde haya dos personas interactuando, habrá algún margen de vínculo interpersonal.
Comunicación y relaciones interpersonales
La comunicación es la capacidad para el intercambio efectivo de información. Por lo tanto, es la base de todo tipo de relación interpersonal. De hecho, para que surja una relación entre dos o más personas, éstas deben poder comunicarse, incluso si es para expresarse desagrado.
En ese sentido, la comunicación es una capacidad crucial y determinante en nuestro modo de establecernos en la sociedad. Es capaz incluso de convertir vínculos superficiales o conflictivos en amistades profundas, o bien de disolver nexos que se pensaba permanentes.
Deja un comentario